miércoles, 2 de mayo de 2012

EL CASO NICARAGUA VS. COLOMBIA RELATIVO AL ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRÉS: COLOMBIA SE PREPARA PARA ULTIMA INTERVENCIÓN ANTE LA CORTE

Embajada de Colombia en La Haya

INFORME DE PRENSA No. 4
Martes 1 de mayo de 2012 6:00 PM

“Nicaragua no dijo nada nuevo en su última intervención”

El agente de Colombia ante la Corte Internacional de Justicia, Julio Londoño, señaló, al conocer la última intervención de Nicaragua, “No dijo nada nuevo; se limitó a reiterar sus argumentos para confundir a la Corte con un caso de soberanía que saben perdido para tratar de mejorar sus otras aspiraciones.”

Al iniciarse la segunda ronda de las audiencias públicas, Londoño indicó, “llegamos a la etapa final del pleito que Nicaragua instauró contra Colombia con la convicción de que la historia y el derecho están de nuestro lado.”

El viernes interviene Colombia concluyéndose la fase de audiencias publicas en el proceso legal instaurado por Nicaragua contra Colombia sobre soberanía territorial y la delimitación marítima. Aunque depende de la agenda y casos ante la Corte se estima que antes de concluir el año habría un fallo.
Fuente: Ministerio de Relaciones Exteriores. República de Colombia -
http://www.cancilleria.gov.co

EL CASO NICARAGUA VS. COLOMBIA RELATIVO AL ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRÉS: ABOGADOS INTERNACIONALES DE COLOMBIA DEFIENDEN SU DELIMITACIÓN MARITIMA

•"Quitasueño emerge, es una isla, es del Archipiélago, y es de Colombia".
•“Nicaragua ha modificado tres veces su línea de delimitación marítima.”
•“El área marítima a delimitar debe ser entre al Archipiélago y Nicaragua.”
•“La línea de delimitación propuesta por Colombia es ajustada a derecho.”

Los abogados internacionales de Colombia James Crawford y Rodman Bundy  reafirmaron los argumentos expresados el jueves 26 de abril en la tarde por el Agente de Colombia ante la Corte Internacional de Justicia, Julio Londoño.

En la segunda sesión de alegatos realizada en la mañana del viernes Colombia inició sus alegatos señalando  que Quitasueño emerge de manera permanente y por ende es una isla, que es parte del Archipiélago y es de Colombia; que el área relevante a delimitar es entre el Archipiélago y la Costa Nicaragüense y: que la delimitación propuesta por Colombia [entre el Archipiélago y la Costa de Nicaragua] es ajustada a los principios y normas de derecho internacional.

Respecto de Quitasueño, Colombia reiteró que emerge en alta mar de manera permanente y por tanto que es un banco compuesto por islas, que es del Archipiélago, y que es de Colombia. James Crawford, indicó, entre otras cosas:
"En cuanto al mar territorial de las islas, la posición bajo el  derecho internacional moderno está clara y exactamente reflejada en la Convención de 1982. El artículo 121, parágrafo 1, define "isla" en términos geográficos sencillos, como un área de tierra naturalmente formada, rodeada por agua, y que está por encima del nivel del agua en pleamar".
"Quitasueño es un banco grande, que tiene de norte a sur unos 57 kilómetros. Su punto del extremo sur está a menos de 48 millas marinas del punto más septentrional de las islas de Providencia y Santa Catalina. Quitasueño comprende una variedad de fenómenos terrestres (…)  La inspección más completa del banco hasta la fecha, fue aquella llevada a cabo en noviembre y diciembre 2009, que identificó 34 formaciones que se califican como islas porque están permanentemente sobre el agua en pleamar".

"Antes que Nicaragua iniciara el actual proceso, Colombia había considerado la soberanía y los derechos correspondientes generados por las islas de Quitasueño como incontrovertibles. La contramemoria describió con todo detalle esta práctica. Nicaragua, que guardó silencio sobre el asunto por cuarenta y cuatro años, no dijo nada para calificar la práctica o para debilitar las conclusiones que de ella se derivan."

En relación al área para la delimitación marítima, Rodman Bundy indicó:

"El hecho simple, tanto geográfica como legalmente, es que la costa del continente de Colombia no juega ningún papel en este caso (…) Esto es porque la costa del continente de Colombia está a más de 400 millas marinas de la costa de Nicaragua, y hay dos otros Estados – Panamá y Costa Rica – que están en medio (…) Las costas pertinentes de Colombia en este caso son las costas de las islas más occidentales que hacen parte del Archipiélago de San Andrés…"

"El área de delimitación planteada por Nicaragua afecta claramente amplias áreas marinas donde terceros Estados tienen intereses ciertos o potenciales. En el sur, el área afecta a Panamá y cercena áreas donde tanto Panamá como Costa Rica tienen derechos. En el norte, el área presentada por Nicaragua se superpone sustancialmente con zonas reclamadas por Jamaica, y se adentra en el Área de Régimen Común establecida por Colombia y Jamaica".
Respecto de la propuesta de delimitación propuesta por Nicaragua, dijo:

"En su Demanda, Nicaragua solicitó que la Corte determinara el curso de la frontera marítima única entre las áreas de plataforma continental y zona económica exclusiva pertenecientes a las Partes (…) Esta petición fue reiterada en la Memoria de Nicaragua, donde Nicaragua reclamó una frontera marítima única basada sobre una línea de media entre las costas continentales de las Partes. Nada indicaba que Nicaragua buscara sólo una frontera geológica de plataforma continental o que Nicaragua considerara poseer los derechos de plataforma continental extendida más allá de las 200 millas marinas contadas desde su costa (…) En completa contradicción, Nicaragua ahora pide que la Corte determine la frontera geológica y geomorfológica de plataforma continental entre las dos Partes. Pero no es cualquier frontera de plataforma continental la que Nicaragua pide a la Corte determinar. Se trata más bien, de una que se extiende a mas allá  de las 400 millas de la costa del continente de Nicaragua".

"Con respecto a la admisibilidad de su nuevo reclamo de plataforma continental, Nicaragua no dijo nada en su primera ronda de peticiones. Nicaragua no ha formulado una solicitud a la Comisión [de la Plataforma Continental], menos aún se ha sometido al examen de la misma. Todo lo que Nicaragua ha hecho es presentar una información apenas preliminar. Nicaragua procura saltarse la serie de requisitos establecidos en la Convención pretendiendo que la Corte haga un trabajo que le corresponde a la Comisión basado en información que la Comisión nunca admitiría aceptable. Sr. Presidente, señores Jueces, si los datos sobre los que Nicaragua basa su caso no satisfacen los estándares exigidos por la Comisión, cómo se puede pensar que habrían de convencer a la Corte? Aparentemente, Nicaragua considera que la Corte exige estándares menos rigurosos que la Comisión".

Respecto de las pretensiones de Nicaragua, el abogado Bundy indicó:

"La explicación verdadera para el cambio de posición de Nicaragua está en otra parte. Lo que sabemos es que, después de la presentación de la Contramemoria de Colombia, Nicaragua se dio cuenta que su reclamo inicial carecía de fundamento legal. Al mismo tiempo, Nicaragua ha tratado desesperadamente de mantener en juego en la delimitación la costa del continente de Colombia para empujar la línea lo más hacia el oriente que sea posible a costa de los derechos legales de las islas de Colombia e incluso de la costa continental colombiana. El resultado es el nuevo reclamo de plataforma continental extendida de Nicaragua".

"Quizás Nicaragua cree que la Corte simplemente "partirá la diferencia" entre los reclamos de las Partes, y que es así tácticamente conveniente presentar un nuevo reclamo que va más al oriente de su ya exagerado reclamo original. Colombia confía en que la Corte no se dejará confundir. La Corte ha dejado perfectamente en claro que la delimitación marítima no es un ejercicio de justicia distributiva, y que la geografía no debe refaccionarse. La delimitación es un proceso legal, y la Corte ha dicho repetidas veces que las normas aplicables a la delimitación son las de "principios equitativos/circunstancias pertinentes"

Finalmente, y a manera de conclusión, el abogado señaló de manera contundente:

“Al final del día, Nicaragua se queda sin caso. Su reclamo original de trazado de una frontera marítima única se ha desacreditado y ha sido abandonado. Su nuevo reclamo de la plataforma continental no es admisible, es legalmente incorrecto, y no se funda en los hechos. Las costas pertinentes para la delimitación entre las Partes no incluyen la costa del continente de Colombia. Las costas pertinentes son: de una parte, las comprendidas por la cadena de islas occidentales que forman parte del Archipiélago de San Andrés y de otra, las costas de Nicaragua. No hay ningún motivo para que las reglas de delimitación que han sido desarrolladas por esta Corte y articuladas por tribunales arbitrales (e incluso invocadas por Nicaragua en la fase jurisdiccional del caso) no puedan ser aplicadas en este contexto.”
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Luego de las intervenciones de los abogados internacionales, James Crawford y Rodman Bundy en la mañana del viernes 27 de abril, Colombia continuó defendiendo su posición en relación con la delimitación marítima, en la tarde del viernes, concluyendo la Primera Ronda de audiencias públicas. La Segunda Ronda de alegatos tendrá lugar el 1 y 4 de Mayo; en el primer día interviene Nicaragua y en el último día, y cerrando las audiencias orales, Colombia.
Fuente: Ministerio de Relaciones Exteriores. República de Colombia -
http://www.cancilleria.gov.co



jueves, 26 de abril de 2012

EL CASO NICARAGUA VS. COLOMBIA RELATIVO AL ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRÉS



Información General para los Medios de Comunicación
La Haya, Países Bajos, Abril 21 de 2012



1. Resumen del Caso:
El 6 de diciembre de 2001 Nicaragua presentó una demanda contra Colombia ante la Corte Internacional de Justicia, en La Haya, alegando la invalidez del Tratado de 1928, reclamando la soberanía sobre el Archipiélago de San Andrés y sobre esta base pidiendo a la Corte el trazado de una delimitación marítima entre los dos países. Desde entonces, el Gobierno y la Cancillería colombiana se han dado a la tarea de defender ante la Corte Internacional de Justicia los intereses nacionales y han coordinado la estrategia de defensa de los legítimos derechos de Colombia sobre el Archipiélago y sus respectivas áreas marítimas.


2. Posición de Colombia y Pretensión de Nicaragua:

La posición de Colombia:
La posición de Colombia ha sido que desde el inicio de su vida como nación independiente el país ha ejercido en forma pública, pacífica e ininterrumpida su soberanía y jurisdicción sobre el Archipiélago de San Andrés, incluyendo los cayos de Roncador, Quitasueño, Serrana, Serranilla, Bajo Nuevo, Alburquerque, Cayos Este Sudeste y todas las áreas marítimas que le corresponden.

Esta posición está sustentada en la historia y en el derecho, fundamentalmente en la norma de normas pacta sunt servanda, (los pactos son para cumplirse) principio fundamental del derecho internacional público.

La pretensión de Nicaragua:
Nicaragua pretende que la Corte le conceda unos territorios (islas, islotes, cayos) sobre los cuales no tiene ningún titulo histórico ni jurídico y sobre los que jamás ha ejercido ningún acto de señor y dueño. En cuanto a la delimitación marítima, Nicaragua plantea una infundada línea de delimitación extrema hacia el oriente, cerca a la costa continental de Colombia y basada en una supuesta extensión del margen exterior de su plataforma continental.

3. Lo que ya definió la Corte:
•         La validez del Tratado Esguerra-Bárcenas de 1928 / 1930.
•         La soberanía de Colombia sobre el Archipiélago de San Andrés, y de manera específica, sobre las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

4. Lo que está por definir la Corte:
•         Cuáles otros componentes insulares hacen parte del Archipiélago, aparte de las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina cuya soberanía en cabeza de Colombia ya fue confirmada por la Corte.•         La soberanía sobre los cayos de Roncador Quitasueño y Serrana, que históricamente también han sido parte del Archipiélago de San Andrés.
•         La delimitación marítima entre Colombia y Nicaragua
En las audiencias públicas que se realizarán entre el 23 de abril y el 4 de mayo de 2012 solamente se discutirán los tres temas arriba enunciados y no se proferirá  sentencia al culminar las mismas.


5. La Corte y el Procedimiento legal:
La Corte Internacional de Justicia es el órgano judicial principal de Naciones Unidas y el principal tribunal internacional para resolver diferencias jurídicas entre Estados que le han reconocido competencia para tal fin.

Tanto Nicaragua como Colombia reconocieron la competencia de la Corte en 1948. Se debe recordar que la Corte sólo se ocupa de diferencias entre Estados y no entre Estados y Particulares o entre Particulares; tampoco es un tribunal de arbitraje.

El proceso ante la Corte se divide en tres etapas generales:
1. La Solicitud: Es el documento mediante el cual un Estado inicia un proceso ante la Corte Internacional de Justicia (equivalente a la demanda). Incluye un resumen del caso que desea someter a la Corte en el cual además debe justificar que ésta tiene competencia para conocer del caso.

2. Etapa Escrita: Se compone de: a) Memoria (equivalente a sustentación de la demanda) y b) Contra-Memoria (la respuesta del demandado). En algunos casos se concede c) Réplica (oportunidad que solicita y se confiere al que demanda para que responda a la Contra-Memoria del demandado) y d) Dúplica (Respuesta de demandado a la Réplica del demandante). Con la Dúplica conluye la Etapa Escrita del caso y se inicia la Etapa Oral.

3. Etapa Oral: Es la etapa final del litigio ante la Corte (se desarrolla a través de audiencias públicas, que consisten en la presentación de los Estados en conflicto de sus argumentos de fondo y de manera presencial, ante los Jueces de la Corte). La mayoría de las audiencias son de fondo y por ende se constituyen en el último escenario de argumentación ante la Corte. Las audiencias se suelen organizar en una, dos o tres semanas dependiendo de lo complejo del tema, dándole a cada Estado la posibilidad de intervenir en igualdad de condiciones en una primera y segunda ronda.

La Corte contempla la posibilidad de Incidentes Procesales:
En algunos casos se presentan “incidentes procesales”.
Fue el caso de Nicaragua vs. Colombia, donde se presentaron dos incidentes. El primero, la presentación por parte de Colombia de Excepciones Preliminares (luego de conocer la Memoria de Nicaragua) y para argumentar que la Corte no tenía competencia dado que el asunto ya había sido resuelto en el Tratado Esguerra-Bárcenas). El segundo, la solicitud de autorización para intervenir por parte de Honduras y Costa Rica argumentando que sus derechos podrían verse afectados por la sentencia. Cuando se presentan incidentes procesales se otorga a las partes la oportunidad de presentar argumentos escritos adicionales y se realizan audiencias públicas, lo que prolonga los litigios en el tiempo, tal como ha ocurrido en el caso Nicaragua vs. Colombia.

6. El Proceso de Colombia:
Admitida la solicitud de Nicaragua, ésta presentó la Memoria (la demanda). Colombia se acogió a la posibilidad de un incidente procesal presentando unas Excepciones Preliminares en las que argumento que la Corte Internacional de Justicia no tenía competencia. La Corte falló apoyando la posición de Colombia en el sentido de confirmar que el tratado de 1928 era válido y vigente y resolvió la controversia sobre la soberanía de Colombia sobre el Archipiélago de San Andrés y por lo tanto excluyó ese tema del fondo del proceso. La Corte señaló en el fallo que era necesario establecer sin embargo cuales otras islas, cayos, e islotes, aparte de las Islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, hacen parte del Archipiélago, y el asunto de la delimitación marítima. Conocido el fallo Colombia presentó la Contra-Memoria. Luego la Corte concedió a Nicaragua la posibilidad de presentar una Réplica y a Colombia de presentar una Dúplica. En ese momento, Honduras y Costa Rica solicitaron a la Corte que les permitiera intervenir en el caso, dándose un segundo incidente procesal, lo que significó una fase escrita y oral adicional. Al rechazar la Corte la solicitud de intervención de Honduras y Costa Rica, se cerró la Etapa Escrita y dio paso a la Etapa Oral.

Fechas Importantes del Proceso de Colombia:
•         6 diciembre de 2001: Nicaragua presenta la Aplicación ante la CIJ;
•         8 abril de 2003: Nicaragua presenta la Memoria en el plazo establecido;
•         21 julio de 2003: Colombia, presenta Excepciones Preliminares a la CIJ;
•         13 diciembre de 2007: CIJ profiere fallo en relación con las Excepciones;
•         11 noviembre de 2008: Colombia entrega a la Corte su Contra-Memoria;
•         18 septiembre de 2009: Nicaragua entregó su documento de Réplica;
•         18 junio de 2010:  Colombia entregó su documento de Dúplica;
•         11-15 Octubre 2010: Audiencias solicitud de Intervención de Costa Rica;
•         18-22 Octubre 2010: Audiencias solicitud de Intervención de Honduras;
•         4 mayo de 2011: Fallo sobre solicitud de intervención de los dos países;
•         23 de abril a 4 de mayo de 2012: Inicio Etapa Oral (Audiencias Públicas).


Etapa Oral  (Audiencias Públicas de Fondo 2012):
Concluidas las audiencias la Corte se tomará unos meses para analizar los argumentos escritos y orales y emitir una sentencia definitiva e inapelable.
Aunque depende de la agenda y casos ante la Corte Internacional de Justicia es factible que el fallo se conozca antes de concluir el presente año.

Primera Ronda:
Lunes 23 de abril: Nicaragua  (3:00 a 6:00 PM)
Martes 24 de abril: Nicaragua (10:00 AM a 1:00 PM y 3:00 PM a 6:00 PM)
Jueves 26 de abril: Colombia (3:00 PM a 6:00 PM)
Viernes 27 de abril: Colombia (10:00 AM a 1:00 PM y 3:00 PM a 6:00 PM)


Segunda Ronda:
Martes 1 de Mayo: Nicaragua (10:00 AM a 1:00 PM y 3:00 PM a 5:00 PM)
Viernes 4 de Mayo: Colombia (10:00 AM a 1:00 PM y 3:00 PM a 5:00 PM)
Nota: Se sugiere tener en cuenta la diferencia horaria de siete horas (+7).  


7. Equipo de Colombia:
El equipo internacional está integrado por tres de los mejores abogados a nivel mundial, con amplia trayectoria en litigios ante la Corte Internacional de Justicia y otros tribunales, a saber: James Crawford, Rodman Bundy, Marcelo Kohen[1].

También lo integra el único colombiano que ha tenido el honor de ser Secretario de la Corte por 16 años, Eduardo Valencia Ospina. Se cuenta con la asistencia de cartógrafos internacionales como Scott Edmonds y Thomas Frogh de la firma International Mapping, además de asesores y expertos para temas específicos.

El equipo nacional está conformado por los ex cancilleres y ex embajadores Julio Londoño Paredes (Agente) y Guillermo Fernández de Soto (Co-Agente), por el ex embajador en La Haya y actual Alto Consejero Presidencial, Francisco José Lloreda Mera, y la Embajadora Sonia Pereria Portilla (Coordinadora de Asuntos ante la Corte Internacional de Justicia de la Cancillería), por el internacionalista Andelfo García González, por los funcionarios de Carrera Diplomática Mirza Gnecco y Andréa Jiménez y por un grupo calificado de expertos de la Cancillería y de la Armada Nacional de Colombia. Se ha contado con el acompañamiento de todas las entidades del Estados e Institutos especializados relacionados con esta demanda y el apoyo del equipo de la Embajada de Colombia en La Haya.

[1] James Crawford es Whewell Professor de Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge, Inglaterra. Fue decano de la Escuela de Leyes y profesor de Derecho Internacional en la Universidad de Sydney, Australia. Desde 1992 es miembro de la Comisión de Derecho Internacional. Participado en más de 55 casos de soberanía y delimitación marítima ante la Corte Internacional de Justicia y el Tribunal Internacional del Derecho del Mar. Editor Senior del British Yearbook of International Law; Rodman Bundy es abogado estadounidense residente en Francia, miembro de la firma de la prestigiosa firma de abogados Eversheds LLP, miembro de las asociaciones de abogados de Nueva York y París, y ha participado en más de veinte disputas de soberanía y delimitación marítima ante la Corte Internacional de Justicia y tribunales de arbitramento; Marcelo Kohen es Profesor de Derecho Internacional en el Instituto de Altos Estudios Internacionales y del Desarrollo de Ginebra (Suiza), miembro asociado del Instituto de Derecho Internacional y Director General de la Sociedad Latinoamericana de Derecho Internacional. Ha actuado como abogado ante la Corte Internacional de la Justicia de La Haya y entre otros organismos y tribunales internacionales.

¿CÓMO ADMINISTRO MI TIEMPO?


La administración del tiempo es uno de los elementos claves en el agitado mundo de hoy y debería ser una prioridad en todo tipo de organizaciones. Quien sabe administrar correctamente su tiempo podrá mantener el equilibrio en su trabajo y en su vida  y seguro tendrá la posibilidad de disfrutarla más. ¿Cómo utilizamos nuestro tiempo?

EJERCICIO

1.      Hago un listado periódico de los objetivos que quiero cumplir
a)   Siempre   
b)   Algunas veces 
c)    Nunca 

2.      Tengo el hábito de fijar y ordenar mis prioridades, entendiendo éstas como las acciones que me acercan al logro de mis objetivos 
a)   Siempre lo hago
b)   Algunas veces lo hago
c)   No acostumbro hacerlo

3.      Tengo un plan de acción escrito que me permite organizar mis tareas diarias, semanales o mensuales para al final de cada período evaluar cómo voy con su desarrollo
a)   Si lo tengo 
b)   Solo cuando emprendo nuevos proyectos 
c)   No lo tengo 

4.      Postergo con frecuencia tareas o actividades que tengo que realizar
a)   Si, frecuentemente 
b)   Algunas veces 
c)   Nunca 

5.      Prefiero realizar un informe haciendo el trabajo durante una hora diaria por seis días, que hacerlo de una vez durante seis sesiones con adecuados intervalos de descanso
a)   Si, en varias sesiones 
b)   Depende del informe  
c)   No en varios días
 
6.      Mantengo  una actitud positiva en la labor que desempeño sea mi trabajo o cualquier otro tipo de actividad.
a)   Siempre 
b)   Casi siempre
c)   Nunca

7.      Puedo definir claramente cuáles son labores que debo adelantar para alcanzar mis objetivos. 
a)   Si las puedo definir 
b)   Solo en algunas ocasiones 
c)   No, realmente no lo creo necesario 

8.      Combino períodos de actividad con períodos de descanso.  Por ejemplo, después de cincuenta minutos de trabajo tomo un receso de diez
a)   Si 
b)   Algunas veces
c)   No, puedo desistir de la tarea

9.      Al realizar mi plan fijo períodos que  sé que no voy a cumplir o soy realista cuando le asigno el tiempo a cada tarea
a)   Trato de ser realista siempre 
b)   La mayoría de las ocasiones 
c)   Fijo lapsos incumplibles

10. Manejo adecuadamente los imprevistos o cualquier interrupción altera radicalmente mi rendimiento
a)   Siempre los puedo manejar bien
b)   Me descuadro un poco pero los manejo
c)   No los puedo manejar porque me descuadro totalmente
 
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ESCALA DE RESULTADOS

• Mayoría de A: si usted está dentro de esta categoría quiere decir que tiene un muy buen manejo y planeación de su tiempo, lo cual implica un desempeño satisfactorio en todas las áreas de su vida; con la asistencia a los talleres sobre  el manejo del tiempo reforzará sus buenos hábitos y los mantendrá al día.

• Mayoría de B: si sus respuestas lo ubicaron en este grupo es posible que se encuentre en un punto medio en la organización de su tiempo; los talleres del manejo del tiempo le brindarán las herramientas que le hacen falta para planear su tiempo adecuadamente, lo que lo llevará a ser más exitoso en todo.

• Mayoría de C: si usted se encuentra en esta categoría muy seguramente su debilidad en la administración del tiempo estará incidiendo en el desarrollo de sus otras habilidades; le recomendamos no faltar por ningún motivo a los talleres sobre el buen manejo del tiempo, con la aplicación de los consejos que va a adquirir en el taller notará un gran cambio en su rendimiento diario.

miércoles, 25 de abril de 2012

FIDES Y FUERZA NAVAL DEL CARIBE LLEVAN A NIÑOS ESPECIALES A CONOCER EL MAR




04-25-2012
Por: Dereck Álvarez Paternina


En el marco del V Festival de Arte Especial Fides – El Rosario “Iberoamérica en Cartagena”, alrededor de 700 niños de diferentes ciudades y países que participaran de la jornada recreativa en las playas del sector de Bocagrande en Cartagena de Indias.


Alejandro Escallón, presidente de la Fundación para La investigación y el Desarrollo Especial, Fides, denominó esta actividad como mágica para quienes hasta el momento no habían tenido la oportunidad de conocer y disfrutar del encanto de la playa y el mar caribe.


“Vamos a contar con la presencia institucional de la Armada Nacional con todos sus infantes, recreadores con toda la protección y seguridad. Es un evento mágico, maravilloso en una tarde de playa”, dijo el señor Escallón, presidente de Fides.


“Muchos de ellos van a ver el mar por primera vez y vamos a estar trabajando y vamos a tener salvavidas y buzos profesionales, lanchas de guardacostas previniendo que no les pase nada y tengan una tarde totalmente agradable”, dijo el comandante de la Fuerza Naval del Caribe, contralmirante Cesar Narváez.


El centro de funcionamiento de la tarde de playa se efectuará en las playas del hotel Almirante que se ha vinculado al V Festival de Artes Especial Fides – El Rosario “Iberoamérica en Cartagena”.

Texto copiado de http://www.rcnradio.com/ - Conozca el original en http://www.rcnradio.com/noticias/editor/fides-y-fuerza-naval-del-caribe-llevan-ninos-151018#ixzz1t7F9Ogmb

martes, 24 de abril de 2012

CONFLICTO GENERACIONAL


El Médico de Familia inglés, Ronald Gibson, comenzó una conferencia sobre conflicto generacional, citando cuatro frases:



1) "Nuestra juventud gusta del lujo y es mal educada, no hace caso a las autoridades y no tiene el menor respeto por los de mayor edad. Nuestros hijos hoy son unos verdaderos tiranos. Ellos no se ponen de pie cuando una persona anciana entra. Responden a sus padres y son simplemente malos."


2) "Ya no tengo ninguna esperanza en el futuro de nuestro país, si la juventud de hoy toma mañana el poder, porque esa juventud es insoportable, desenfrenada, simplemente horrible."


3) "Nuestro mundo llegó a su punto crítico. Los hijos ya no escuchan a sus padres. El fin del mundo no puede estar muy lejos."


4) "Esta juventud esta malograda hasta el fondo del corazón. Los jóvenes son malhechores y ociosos. Ellos jamás serán como la juventud de antes. La juventud de hoy no será capaz de mantener nuestra cultura."


Después de enunciar las cuatro citas, el Doctor Gibson, observaba como gran parte de la concurrencia aprobaba cada una de las frases. Aguardó unos instantes a que se acallaran los murmullos de la gente comentando lo expresado y entonces reveló el origen de las frases, diciendo:


La primera frase es de Sócrates (470 - 399 A .C.);
La segunda es de Hesíodo ( 720 A .C.);
La tercera es de un sacerdote ( 2.000 A .C.);
La cuarta estaba escrita en un vaso de arcilla descubierto en las ruinas de Babilonia (actual Bagdad) y con más de 4.000 años de existencia;


Y ante la perplejidad de los asistentes, concluyó diciéndoles: Señoras Madres y Señores Padres de familia,  RELÁJENSE, QUE LA COSA SIEMPRE HA SIDO ASÍ...